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Octubre 2009
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Pablo Cattoni, gerente de Comunicación y Responsabilidad Social de Nobleza Piccardo,

opina que el fin de los llamados “balances sociales” es incentivar, promocionar y sostener el compromiso voluntario y sustentable de las empresas con las sociedades a las que pertenecen. “Su contenido variará según el grado de profundidad de los procesos de elaboración de los informes, el formato que quiera darse, el sector, la industria y el tamaño de las empresas, así como también de los destinatarios a quienes estará dirigido. Todo esto hace difícil normalizar los lineamientos a través de una regulación del Estado ya que obstaculizaría el proceso de implementación de este tipo de iniciativas”, explica el representante de la tabacalera, una de las pocas compañías argentinas que elabora su Balance Social sobre la base del estándar AA1000 (AA1000AS), perteneciente al Institute for Social and Ethical Accountability.

Pablo Cattoni, gerente de Comunicación y Responsabilidad Social de Nobleza Piccardo.
Pablo Cattoni, gerente de Comunicación y Responsabilidad Social de Nobleza Piccardo.

- ¿Qué opinión le merecen los proyectos de Ley de RE presentados, tanto a nivel nacional como de la Ciudad de Buenos Aires?

- En el último tiempo se han presentado diversas iniciativas legislativas en diferentes jurisdicciones del país que hacen eco de la presencia de este tipo de temáticas en la agenda regulatoria mundial. El interés en estas temáticas es sin dudas una buena noticia: da cuenta de la tendencia de un Estado que busca de generar herramientas que promuevan las buenas prácticas empresariales y colaboren con la definición de la responsabilidad de las compañías en la sociedad y el rol que deberían cumplir.

Sin embargo, esta definición no es una cuestión sencilla de desentrañar dada la permanente evolución de la disciplina y la complejidad derivada. Por eso, los proyectos deben contemplar las diferentes dimensiones que implica el concepto de responsabilidad social empresaria y abrir el diálogo social a los diferentes actores involucrados, quienes deberían tener la oportunidad de plantear sus puntos de vista de un modo democrático y abierto.

- Si bien la Ley 2.594 fue sancionada en diciembre de 2007 aún no fue reglamentada por el Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires dado que se encuentran trabajando para reformularla, en especial en lo que hace al carácter obligatorio de la norma. Ahora, ¿si no es obligatoria, qué sentido tiene sancionar una ley al respecto?

- Las leyes no sólo tienen la función de obligar a cumplir ciertas pautas de conducta sino que también pueden fortalecer, apoyar o fomentar iniciativas que tiendan a mejorar a la sociedad en su conjunto. En el caso puntual de la regulación de la responsabilidad de las empresas en la sociedad, a través de la legislación, sin duda debe buscarse que el Estado genere este marco que permita reconocer, premiar e incentivar la práctica responsable del sector privado. Por su propia naturaleza, la RSE no debería ser obligatoria, ya que si se buscara el mero cumplimiento de reglas establecidas se estaría privando a las organizaciones de actuar más allá de lo definido. Por su propia naturaleza “voluntaria”, la RSE no debiera ser regulada ni obligatoria.

Hoy más que nunca la sociedad demanda que las empresas trabajen para demostrar un compromiso con los recursos que utiliza y un comportamiento ético y transparente en la forma de desarrollar sus negocios. En suma: las personas piden empresas responsables. Para que lo sean hace falta que comprendan cuáles son las expectativas y preocupaciones de cada grupo de interés de una empresa respecto de su accionar y responder con compromisos y acciones concretas. Demostrar una conducta responsable es actuar para lograr una convivencia en armonía entre las empresas y la comunidad. Por eso, a través de la legislación, el Estado no debería buscar el cumplimiento obligatorio de ciertos parámetros sino comprender las particularidades de cada sector e impulsar un diálogo que cree relaciones sustentables entre la sociedad y la empresa y permita el mutuo beneficio.

- ¿No sería más indicado establecer por ley qué deben especificar los Balances Sociales y no que los mismos deben ser obligatorios por ley?

- Sería importante primero definir qué se entiende por Balance Social y distinguirlo de los informes sociales, los reportes de RSE o los informes de sustentabilidad. Cada abordaje tiene alcances diferentes y reflejan diferentes formas de encarar la cuestión y diversos grados de evolución del concepto en cada empresa. Por eso, regularlo, podría ir en contra del propio espíritu de este tipo de comunicación. Un camino puede ser buscar un estándar mínimo de indicadores pero que busque incentivar y premiar el cumplimiento y no la sanción del que no lo cumpla.

En Nobleza Piccardo, por ejemplo, publicamos desde 2001 nuestro Reporte de Balance Social que refleja un proceso que nos permite comprender las expectativas de los grupos de interés y conocer claramente cuáles son los temas relacionados con el negocio que generan mayores preocupaciones. Somos pioneros en la implementación de un proceso de estas características que sigue estrictos indicadores, además de nuestro desempeño social, ambiental y económico. Es un instrumento capaz de contribuir a fortalecer los principios de Responsabilidad Social Corporativa dentro de la compañía, satisfacer la creciente demanda de transparencia y perfeccionar nuestro proceso de toma de decisiones. En este sentido, nos hemos comprometido a implementar este proceso, que nos permite trabajar de forma continua con altos estándares de ética, conducta e integridad.

“Una ley que desnaturalice el concepto de responsabilidad social empresaria sin duda no es un buen primer paso. Este debería estar basado en una rica discusión que alcance un marco regulatorio sensato y eficiente que promueva las acciones responsables y motive las empresas a implementar acciones en ese sentido”, opina Pablo Cattoni, gerente de Comunicación y Responsabilidad Social de Nobleza Piccardo.

- ¿Qué se necesitaría para que el Estado pueda cumplir con su papel de Autoridad de Aplicación? Cada uno de los tres proyectos propone Autoridades de Aplicación diferentes, tales como Ministerio de Producción, Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y Ministerio de Economía en coordinación con Trabajo, Medio Ambiente y jefatura de Gabinete. Dada su experiencia y conocimientos del tema ¿cuál sería el más indicado y por qué?

- Cualquiera sea la autoridad de aplicación, teniendo en cuenta la transversalidad del concepto de RSE, se debería considerar un espacio de articulación con el sector privado que permita comprender las particularidades de este tipo de herramientas y conceptos y las dificultades con las que nos encontramos las empresas al momento de tener que implementar iniciativas, recopilar información y publicarla. Las empresas deberíamos tener voz en este tipo de espacios para poder compartir nuestra experiencia y transferirla.

- Según explican los impulsores de estos proyectos en otras sociedades la responsabilidad social empresaria es un concepto esencial al momento de hacer negocios, mientras que en Argentina hay que recorrer un largo camino para hacer de esto la regla, y no la excepción. Es nuestro objetivo empezar con esta ley a desandar este camino. ¿Cree que es el camino más acertado?

- Así como debe comprenderse la particularidad de cada sector para promover un comportamiento responsable, del mismo modo hay que hacerlo con las diferentes realidades que tienen las sociedades y su abordaje acerca del rol de las empresas en ellas. Lo cierto es que aún en los países desarrollados no se ha logrado alcanzar un estado definitivo en la materia: el debate sigue vigente y con fuerza.

Por eso es importante construir colectivamente este proceso y darle voz a los protagonistas considerando todos los puntos de vista legítimos.

Una ley que desnaturalice el concepto de responsabilidad social empresaria sin duda no es un buen primer paso. Este debería estar basado en una rica discusión que alcance un marco regulatorio sensato y eficiente que promueva las acciones responsables y motive las empresas a implementar acciones en ese sentido.

- Según lo especificado en el proyecto de ley de María Laura Leguizamón “Esta ley pretende dar respuesta a las exigencias de transparencia y ética en los negocios que la sociedad reclama de la empresa argentina”. ¿Qué opinión le merece esta afirmación?

- La sociedad desde hace algunos años demanda más transparencia a las empresas, no sólo en la Argentina, sino en el mundo. Cada vez más, consumidores, gobiernos, proveedores, empleados y la sociedad en general reclaman transparencia y ética a las empresas, exigiendo información y el cumplimiento de los compromisos asumidos.

En nuestro caso, como respuesta a esa demanda y a través de nuestro Proceso de Balance Social, escuchamos y respondemos, con compromisos y acciones concretas, a las expectativas y preocupaciones, relacionadas con nuestro negocio, que tienen las comunidades en las cuales operamos.

- ¿Considera que el Balance Social ayudará a disminuir la brecha entre lo que la empresa cree que hace y lo que efectivamente realiza, como especifica otro de los proyectos?

- Los reportes de gestión (Balance Social, informe de sustentabilidad, etc.) son herramientas de comunicación que permiten dar a conocer los proyectos, actividades e indicadores de desempeño de las empresas. Para implementarlos, deben adoptarse medidas y procesos al interior de la organización que permitan llevarlo adelante, fijando metas y objetivos de mediano y largo plazo tendientes a establecer un proceso de mejora continua.

Por lo tanto, colaboran en la definición de parámetros de gestión porque pueden ordenar el reporte y ayudan a disminuir la brecha entre lo que se cree que se hace y lo realizado efectivamente, pero el objetivo fundamental es contribuir con el fortalecimiento de las relaciones con nuestros grupos de interés, satisfaciendo su demanda de transparencia e información e internamente a establecer procesos que permitan mejorar la gestión responsable del negocio.

- ¿En qué se modificaría la confección del Balance Social de Nobleza Piccardo en caso de que finalmente se pusiera en vigencia cualquiera de los cuatro proyectos?

- En nuestro caso, el reporte de Balance Social es el resultado del diálogo con grupos de interés. En él publicamos todo el proceso, incluyendo las expectativas planteadas por los grupos de interés, las respuestas, los compromisos asumidos por la empresa, sus indicadores de cumplimiento y la información sobre nuestro desempeño económico, social y ambiental según los indicadores de la Iniciativa de Reporte Global (Guía G3 - GRI). Todo esto es verificado por un auditor externo de acuerdo a la norma internacional AA1000AS.

En caso de implementarse alguno de los proyectos, deberíamos adaptarnos a los nuevos indicadores y a las exigencias del nuevo organismo de control. Por otro lado, dada la especificidad de nuestro reporte, debiéramos analizar dónde incluir toda la información respecto al diálogo con grupos de interés. Por último, deberíamos rever los plazos para su publicación ya que nuestros reportes son bianuales y algunos proyectos exigen que se realicen anualmente.

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