La multiplicidad de proyectos de ley sobre RE evidencia que la temática se ha instalado de manera definitiva en la agenda pública. Sin embargo, desde diferentes sectores coinciden que el papel del Estado no es el de regular y controlar sino el de fomentar y promocionar este tipo de prácticas. Aspectos que no fueron contemplados en ninguna de las iniciativas.
A esta altura del camino se puede afirmar que la Responsabilidad Empresaria (RE) es voluntaria, que responde a una cultura empresarial, a una actitud de sus dirigentes, a un espíritu que caracteriza a un proyecto empresario y que la transparencia es una obligación de las compañías para con la sociedad económica y financiera en la que operan.
Junto con esta evolución de la RE, han ido surgiendo en los últimos años, una variedad de intentos legislativos, tanto en el país como en el exterior, que buscan darle un marco jurídico a los temas relacionados con la conducta responsable de las empresas y las organizaciones a partir de la obligatoriedad de la publicación del Balance Social. Ante estos intentos no son pocas las voces que se alzaron en contra de estas iniciativas por considerarlas erróneas, contradictorias, que socavan las actividades voluntarias de las empresas al mismo tiempo que van a contramano del debate que se está dando a nivel mundial.
“El primer error que cometen los impulsores de estos proyectos es asociar una herramienta de la Responsabilidad Social (RS) como es el Balance Social con la RS en sí misma -explica Sebastián Bigorito, director ejecutivo del Concejo Empresario Argentino para el Desarrollo Sostenible (CEADS)-. A esto se le suma la falta de conocimiento que tienen de la herramienta que quieren regular ya que los reportes de sostenibilidad no fueron concebidos como instrumentos de control sino que se idearon como herramienta de gestión interna, de comunicación”.
A su vez, para el especialista, los impulsores de estos proyectos cometen otro error al creer que regulando sobre RE se van a evitar que se cometan ilícitos dado que el concepto de RE es suponer el cumplimiento de la ley como base y ver de qué manera creativa se cumplen con ciertos objetivos que pueden o no tener que ver con la legislación vigente. “No cumplir con la ley no es Irresponsabilidad Social, es no cumplir con la ley”.

El Balance Social es un instrumento a través del cual la empresa puede aplicar una estrategia de RE a la gestión integral de su negocio, de manera gradual, ordenada y sistematizada como proceso de mejora continua. Pero sobre todo, es una herramienta clave de comunicación con el que cuenta la compañía para informar a sus stakeholders sobre sus actividades y resultados anuales en términos económicos, laborales, medioambientales y sociales, de manera tal que esta información sea medible y comparable año tras año.
Si bien hay indicadores internacionales -ETHOS, GRI, ISEA, IARSE- que se utilizan para la elaboración de este tipo de instrumentos, el Estado decidió establecer algunas obligaciones básicas tales como: balance general anual, estado y evolución económica y financiera de la empresa y del mercado en el que actúa, incidencia del costo laboral, evolución de la masa salarial promedio, capacitación, entre otras.
A nivel nacional, la Ley 25.877 de Régimen Laboral, en su Capítulo Cuarto, establece que las empresas que empleen a más de 300 trabajadores deberán elaborar anualmente un Balance Social “que recoja información sistematizada relativa a condiciones de trabajo, empleo, costo laboral y prestaciones sociales a cargo de la empresa”. Según establece la norma, una copia de este documento deberá ser girado al sindicato con personería gremial dentro de los 30 días de elaborado y otra copia será entregada al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

Mientras se espera que el Poder Ejecutivo reglamente estos aspectos del Régimen Laboral vigente, desde el año 2005 se presentaron en el Congreso de la Nación iniciativas que promueven ampliar el alcance de dicho informe, incorporando aspectos sociales y ambientales. En la actualidad, existen cuatro proyectos de ley, dos en la Cámara de Diputados y dos en la Cámara de Senadores, que cuentan con estado parlamentario -véase Sólo sé que no sé nada-.
La multiplicidad de proyectos de ley sobre RE evidencia que la temática se ha instalado de manera definitiva en la agenda pública. En este sentido, y considerando el carácter "multi dimensional" de la RE, es saludable descubrir el interés de los legisladores por los temas a los que ella refiere: sustentabilidad de los proyectos empresarios, ambiente y recursos naturales, derechos humanos y laborales, transparencia y acceso a la información, entre otros. Ahora bien, este carácter multidimensional y su consecuente complejidad son un indicio claro de cuán difícil puede resultar una instancia de gobierno capaz de alcanzar estas dimensiones cabalmente.
Lo que se hizo fue copiar una experiencia que se dio en España cuando el diputado Ramón Jáuregui presentó un proyecto que básicamente buscaba hacer obligatorios los informes de sustentabilidad”, asegura Bigorito y agrega que “lo malo es que tomaron una parte de la historia, ya que Jáuregui, después de aprender en profundidad sobre el tema, logró que el Estado adopte una postura respecto a la RSE a través del fomento y la promoción y no desde la regulación y el control”.
Esta posición planteada desde el CEALS es compartida por Fernando García Albarido, gerente de Recursos Humanos y Asuntos Públicos de Nestlé Argentina. Según explica, es mucho más sano alentar y reconocer la acción de RE que regularla. “La primera es la forma de liberar fuerzas y capacidades para la mejora de la sociedad, la segunda es una forma de limitar la acción y el pensamiento”, opina. Asimismo, asegura que el rol del Estado es el de orientar y, en algunos casos muy específicos, regular las actividades de la sociedad y sus ciudadanos. Sin embargo, en una actividad como la RE, intervenir es de alguna manera coartar las libertades orientadas a determinados proyectos y redireccionarlos a temas que no siempre son del interés de los actores sociales.

Si se parte de la premisa que la RE tiene como base su origen voluntario, están quienes aseguran que la obligatoriedad desnaturalizaría a este tipo de forma de gestionar los negocios y la iniciativa de aquellos actores decididos a implementar medidas. Asimismo, aseguran que aumentaría los costos administrativos lo que restaría presupuesto a las acciones concretas, motivaría la generación de información redundante, complejizaría el trabajo y aumentaría la carga que provocaría la obligatoriedad de producir informes o contratar profesionales que verifiquen la gestión. Todo esto no sólo provocaría obstáculos a los que ya trabajan en esta dirección sino que desalentaría a los que comiencen a andar este camino.
“Contando con leyes que adecuadamente cubran los distintos aspectos alcanzados por la RSE, esta "nueva" e "integral" obligatoriedad probablemente no conseguiría más que desnaturalizar el concepto de RSE, aumentando costos administrativos, generando información redundante y complejizando el trabajo de las organizaciones”, opina Gustavo Pedace, presidente del Consejo Profesional de Relaciones Públicas de la República Argentina.
Asimismo, para García Albarido el hecho de someter a una compañía a una obligación legal, con las implicancias del caso -niveles mínimos de cumplimiento de determinadas acciones y no otras, sanciones, multas, etc.- “puede llevar a limitar su accionar a lo indispensable” para cumplir la ley y perder el espíritu innovador y comprometido que tiene realizar esta actividad de manera libre.
Según explican los impulsores de estos proyectos “en otras sociedades la Responsabilidad Social Empresaria es un concepto esencial al momento de hacer negocios, mientras que en Argentina hay que recorrer un largo camino para hacer de esto la regla, y no la excepción... Es nuestro objetivo empezar con esta ley a desandar este camino”. Ahora, ¿es el camino más acertado?

Si bien García Albarido concuerda en que en algunas sociedades la filosofía y la conducta socialmente responsable se han extendido más rápido o antes que en Argentina con un mayor o menor reconocimiento por parte de la sociedad, también asegura que ello no cambia la naturaleza de la acción sino el volumen y calidad. “Llegará el día en que la sociedad argentina en su totalidad valore las empresas por su grado de responsabilidad social y reconozca su compromiso privilegiando la compra de sus productos como una forma de apoyo y difusión de esta conducta”, augura el representante de Nestlé.
Para José Valguarnera, gerente de Calidad de Vida y Comunidad Conosur de PepsiCo este no es el único camino ya que la madurez se logra recorriendo todas las opciones. “Podemos comenzar con legislación concreta de los temas más duros como las regulaciones ambientales, el cuidado del medio ambiente, la legislación laboral, etc,, mientras que la inversión social debe ir de la mano de la madurez, y lograr esto lleva tiempo”. Por eso, opina que más que una ley que exija su cumplimiento es de la idea de “premiar a las empresas que realizan acciones, de esta forma se distinguirá al desempeño con propósito y definitivamente lograremos arribar a un “mañana mejor que hoy”.
En la Ciudad de Buenos Aires se sancionó la Ley 2.594, en diciembre de 2007 que aún no fue reglamentada por el Poder Ejecutivo dado que se encuentran trabajando para reformularla, en especial en lo que hace al carácter obligatorio de la norma.

Tanto empresarios como especialistas coinciden en que si bien la ley no está exenta de contradicciones es importante destacar las modificaciones que realizarían sobre el texto original. “Proponen un marco que de lugar para la promoción y difusión de aquellas practicas que en cierta manera propendan al bien común”, detalla Claudio Barone, titular de la Comisión de RSE del Consejo Profesional de Relaciones Públicas de la República Argentina y explica que es importante que reconozcan la carga operativa y económica que podría ocasionar la obligatoriedad de producir informes o contratar profesionales ad hoc, dado que el texto original “sólo beneficiaría a aquellos que hoy voluntariamente han dado algunos pasos en este camino y no aportaría ningún beneficio a quienes están comenzando a transitarlo, sino todo lo contario”.
Para el titular del CEALS la Ley 2.594, tal como se sancionó hace dos años, es “realmente mala” dado que es una síntesis de tres proyectos que son deficientes desde su origen ya que no comprenden cual es el objetivo del Reporte Social. Ahora, ¿qué propondría la nueva ley? Básicamente, buscaría promover la articulación público privada y verificaría algunos mecanismos de capacitación y acceso a herramientas por parte de las medianas y pequeñas empresas. “Se acerca más a las experiencias españolas -explica Bigorito- al promover un proyecto que de el marco conceptual y operativo para generar mecanismos de fomento y promoción de la RSE”. Asimismo, estaría alineada con las iniciativas que se están llevando a cabo en otros países al mismo tiempo que es una muestra de modernidad que un Gobierno tome una postura en RE que no sea simplemente el querer regularla.
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